La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) no tiene interés legítimo para impugnar la Ley de la Industria Eléctrica. Con seis votos a favor y cinco en contra, el Pleno de la Corte desestimó la controversia del órgano.
Aunque no se entró al fondo del asunto, una mayoría de ministros opinó que dicha ley no invade la esfera de competencia de la Cofece.
Algunos ministros coincidieron que la Cofece hizo valer en su demanda actos que no están encaminados a defender su ámbito competencial, sino que cuestionó la afectación a la libre competencia en la generación y comercialización de la energía eléctrica, que redunde en mejores precios y calidad para los consumidores.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo que la Cofece pretendía defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de la generación de electricidad y en la comercialización, pero éstas no afectan sus competencias de forma directa, porque la comisión no tiene participación alguna en el mercado eléctrico.
En un comunicado, la SCJN expuso que se trata de la controversia constitucional 44/2021, promovida por el órgano autónomo, contra el Congreso de la Unión y otra autoridad, “demandando la invalidez del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 9 de marzo de 2021”.
El pasado 7 de abril, la SCJN de México declaró constitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que busca fortalecer la estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) al darle prioridad en el orden de despacho de la energía, así como otros importantes asuntos.
El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica de 2014 fue publicado en marzo de 2021 tras su aprobación en el Legislativo, pero fue impugnada.
La reforma elimina el criterio económico para despachar primero las plantas de la CFE, incluidas las de combustibles fósiles, sobre las privadas de renovables.
Además, revisa de forma retroactiva los contratos, cambia las reglas de los Certificados de Energías Limpias (CEL) para favorecer a plantas viejas de la CFE y contempla revocar permisos de autoabastecimiento obtenidos “en fraude a la ley”, entre otros puntos.















